Llevanza de los Libros registro en el SII

 

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La Agencia Tributaria ofrece a través de Internet varios servicios web para que las aplicaciones informáticas puedan gestionar la presentación y consulta de las facturas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

 

Existen servicios para realizar el “Suministro” de información y servicios para “Consultar” o “Anular” las facturas presentadas.

 

A su vez, estos servicios de Suministro, Consulta o Anulación  están disponibles para los diferentes tipos de Libros registro que se pueden presentar:

Libro registro de Facturas Expedidas
Libro registro de Facturas Recibidas
Libro registro de Bienes de Inversión
Libro registro de Cobros en Metálico
Libro registro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias
Cobros de Facturas Expedidas (Rég. Esp. Criterio de Caja)
Pagos de Facturas Recibidas (Rég. Esp. Criterio de Caja)
Libro registro de Operaciones de Seguros
Libro registro de Agencias de viajes
Libro registro de Venta de Bienes en Consigna

 

Para utilizar estos servicios web se requiere una autenticación o identificación mediante Certificado digital.

 

El envío de facturas puede realizarse individualmente, factura por factura, o realizar el envío de lotes de múltiples facturas hasta un máximo de 10.000 facturas por envío.

 

Después de cada envío de datos o consulta realizada, la Agencia Tributaria devuelve una respuesta para informar si la presentación de datos es correcta o contiene errores. El suministro de información puede tener un resultado o estado “Incorrecto” en el caso de que la Agencia Tributaria no haya realizado el registro de los datos suministrados por contener errores, ser incompletos, etc.

 

Si el registro de los datos suministrados es correcto, la Agencia Tributaria devuelve una respuesta que contiene un “Código Seguro de Verificación” o “CSV” que justifica que el envío o procedimiento realizado ha sido correcto.

 

En otros casos, la respuesta de la Agencia Tributaria a la solicitud de suministro de información puede tener el estado “Parcialmente correcto”. Esto significa que la solicitud de registro se ha admitido pero la información suministrada contiene errores que será necesario corregir.

 

En el caso de que la respuesta a la solicitud sea “Parcialmente correcto”, será necesario corregir o completar la información en el programa y marcar la factura con el tipo de comunicación “Modificación de facturas/registros (errores registrales)” y volver nuevamente a realizar otra petición de registro.

 

Cuando se utiliza el servicio de anulación de facturas y datos registrados, hay que tener en cuenta que esta anulación no elimina los datos previamente presentados, simplemente dichas facturas se marcan como “anuladas” en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria pero, ya no será posible utilizar nuevamente en ese periodo el mismo Número y Serie de una factura anulada.

 

La anulación de los Cobros/Pagos de las facturas acogidas al Régimen Especial de Criterio de Caja  debe realizarse suministrando nuevamente el mismo Cobro/Pago que se quiere anular pero con el importe en negativo. En el caso de los Libros registro de cobros y pagos no se utilizará el tipo de comunicación A1 "Modificación de facturas/registros (errores registrales)" dado que no se puede identificar univocamente el cobro o pago inicial.

 

La Agencia Tributaria ofrece en su página web, en el apartado relativo al SII, la opción “Preguntas frecuentes” que trata de contestar las principales dudas que pueden surgir en la utilización del SII.

 

 

Ver también...

 

Introducción al sistema de Suministro Inmediato de Información
Normativa que regula el SII
El SII en los programas Iranon
Registro SII de Facturas Emitidas
Registro SII de Facturas Recibidas
Gestión de envíos al SII
Importación de ficheros XML de facturas para el SII
Cambios en el SII versión 1.1
Enlaces a información de la Agencia Tributaria relativa al SII