Adaptación a las normas SEPA de emisión de recibos

 

Otras funciones relativas a los recibos

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A partir del día 1 de febrero de 2014, la emisión de recibos (adeudos por domiciliación bancaria) debe realizarse conforme a las reglas de la Zona Unica de Pagos en Euros ("Single Euro Payments Area"), también conocida por sus siglas en inglés como zona "SEPA". Esa es la fecha límite en la que los  formatos propios de cada país para la emisión de recibos han de cambiarse a los nuevos formatos comunes en todos los países integrantes de la zona SEPA.

 

SEPA es una iniciativa impulsada por el sector bancario y tutelada por la Comisión Europea y el Banco Central Europeo que fija estándares y normas para la realización de pagos mediante transferencias bancarias, domiciliación de recibos o mediante tarjetas con la finalidad de que los particulares, las empresas y otros agentes económicos puedan realizar sus pagos en euros, tanto nacionales como internacionales, en las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones, con independencia del país en que se encuentren, desapareciendo las diferencias entre pagos nacionales e internacionales dentro de la Zona Euro. La zona SEPA está integrada actualmente por los 28 países miembros de la Unión Europea además de Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza.

 

En el caso de España, el 1 de febrero de 2014 dejarán de utilizarse los actuales formatos de remesa de recibos y anticipos de clientes según las normas o cuadernos 19 y 58 de la AEB (Asociación Española de Banca) y otras organizaciones bancarias, para ser sustituidos por los nuevos formatos de Adeudo directo SEPA (el plazo límite de utilización de los actuales anticipos de cliente según el cuaderno 58 se ha ampliado hasta el 1 de febrero de 2016).

 

Las normas SEPA afectan a la emisión de recibos o adeudos por domiciliación bancaria, a las transferencias bancarias y a los pagos mediante tarjeta, no obstante, en esta documentación sólo se van a tratar las modificaciones que las normas SEPA imponen a la hora de generar remesas de recibos (adeudos por domiciliación) y básicamente, aquellos cambios concretos que pueden afectar a la emisión de adeudos en el programa de facturación Iranon IRFAC. Para conocer más detalles de las normas SEPA y los cambios referentes a pagos por transferencia, pagos mediante tarjeta, plazos de devolución-rectificación de recibos, etc. puede ser interesante visitar la dirección de Internet: http://www.sepaesp.es  o consultar la información proporcionada por su entidad financiera.

 

La emisión de adeudos por domiciliación bancaria conforme a las normas SEPA implica varios cambios prácticos o de funcionamiento con respecto al sistema anterior de los que se hace un breve resumen a continuación:

 

Uno de estos cambios se refiere a la forma de identificar las cuentas bancarias de clientes y emisores que ahora deben identificarse mediante el código IBAN (Código Internacional de Cuenta Bancaria), en lugar del código CCC (Código Cuenta Cliente) que se usaba hasta ahora.

 

Las entidades bancarias se identificarán mediante el código internacional BIC, también llamado código SWIFT (The Society for Worldwide Interbank Financial Telecomunications).

 

Es necesaria la autorización por escrito del cliente o deudor para emitirle cualquier recibo. El emisor o acreedor debe tener en su poder un mandato u orden de domiciliación firmado por el titular de la cuenta de cargo (o persona autorizada) antes de poder realizar la presentación al cobro de los recibos. Cada mandato debe estar identificado por una referencia única que no se podrá repetir en otros mandatos. Esta referencia la asigna el emisor o acreedor y debe figurar en el documento del mandado (en caso de no figurar, debe comunicarse al deudor con antelación a la presentación de los adeudos). Las normas SEPA establecen los datos mínimos que deben incluir los mandatos o autorizaciones de cobro. Estos documentos de autorización deben estar redactados, al menos, en una de las lenguas oficiales del país del deudor y en inglés. El programa IRFAC incluye un sistema para confeccionar estas autorizaciones o mandatos e incluye plantillas de ejemplo de estos documentos.

 

Las normas SEPA establecen dos esquemas o formatos diferentes de adeudos: un formato general llamado “esquema básico" o "CORE" (formato 19.14), que puede utilizarse para la emisión de adeudos a consumidores y empresas y otro formato diseñado exclusivamente para le emisión de recibos entre empresas llamado “esquema B2B" o "Bussines to Bussines" (formato 19.44). El esquema B2B sólo se puede utilizar en los casos en los que el acreedor y el deudor sean empresas, autónomoso profesionales.

 

Algunos países y entidades bancarias contemplan también un tercer formato de adeudos llamada “COR1” (formato 19.15) que es una variante del esquema básico y que sólo se diferencia del esquema básico o CORE en que ofrece la posibilidad de acortar los plazos de anticipación de las presentaciones, generalmente tres días con anterioridad a la fecha en que deba producirse el cobro. La modalidad COR1 está supeditada a que las entidades bancarias del emisor y del cliente contemplen este servicio. Antes de utilizar esta modalidad es aconsejable que consulte con su entidad bancaria si admiten el esquema COR1 y si necesita firmar previamente algún contrato con la entidad bancaria para poder utilizar esta modalidad.

 

Al generar las remesas de adeudos, los recibos se marcarán o clasificarán con alguno de los siguientes indicadores según la información existente en la orden de domiciliación o Mandato de cada cliente:
FRST” - Primer adeudo de una serie de adeudos recurrentes.
RCUR” - Recibo correspondiente a una serie de adeudos recurrentes cuando no se trata del primero o del último recibo.
FNAL” - Ultimo recibo de una serie de adeudos recurrentes.
OOFF” - Operación correspondiente a un único pago.

 

El programa utiliza la información del Mandato para saber si se trata de una operación con un único pago (OOFF) o si se trata de un recibo correspondiente a una serie de adeudos recurrentes en cuyo caso puede tratarse del primer recibo (FRST), de un recibo posterior al primero (RCUR) o si se trata del último recibo (FNAL).

 

Dependiente del tipo de recibo de los indicados anteriormente, las entidades bancarias disponen de más o menos días para gestionar el cobro. Normalmente estos plazos serán de 7 días hábiles interbancarios cuando la remesa incluya alguna operación de pago único (OOFF) o incluya alguna operación de tipo “primer recibo” de una serie de adeudos recurrentes (FRST). El plazo para la gestión del cobro en el resto de operaciones recurrentes (recibos de una serie de adeudos recurrentes posteriores al primer recibo) será normalmente de 4 días hábiles interbancarios.

 

Es aconsejable que consulte con su entidad financiera estos plazos de cobro para saber el número de días adicionales que tiene que consignar como “fecha de cargo” con respecto a la “fecha de emisión” cuando genere las remesas porque estos plazos pueden variar de una entidad bancaria a otra.

 

En el caso de las operaciones recurrentes, para determinar si el recibo es de tipo FRST, RCUR o FNAL el programa utiliza los campos “Número de emisiones realizadas” y “Número máximo de emisiones a realizar o límite”. Si el número de emisiones está a cero, el primer recibo que se genere se marcaría como FRST. Si ese campo tiene un valor superior a cero, el recibo se marcará de tipo RCUR y si el número de emisiones ya ha llegado al número máximo de emisiones a realizar o límite, el recibo se marcará como de tipo FNAL.

 

Los requisitos y plazos que impone la presentación de recibos según se utilice el esquema básico o el esquema B2B son diferentes. El plazo de devolución de los recibos por parte del cliente es de 8 semanas (13 meses si es un recibo no autorizado) en el caso del esquema Básico mientras que en el esquema B2B no existe posibilidad de devolución por parte del cliente. Según el esquema SEPA elegido y según se trate del primer recibo o de recibos recurrentes varía también el plazo mínimo de días de antelación, con respecto a la fecha de cargo, que hay para remitir a la entidad bancaria el fichero de la remesa de adeudos (días que la entidad bancaria necesita para gestionar el cobro remitiendo los datos a la cámara de compensación de pagos, etc.). Es aconsejable que consulte la información de su entidad bancaria porque el número de días requerido por cada entidad para procesar las remesas puede variar de una entidad a otra. En el esquema B2B las entidades bancarias disponen de 15 días hábiles para gestionar el cobro de los recibos, en el esquema básico (CORE) las entidades disponen de 7 días hábiles para tramitar el cobro si se trata del primer recibo de una serie de adeudos recurrentes y 4 días hábiles en el caso de que se trate de un recibo posterior al primero o si se trata de un recibo correspondiente a una operación con pago único.

 

A partir del 1 de febrero de 2016 los ficheros de remesas de recibos deben ser archivos en formato XML según la norma ISO 20022 aunque se establece un periodo transitorio hasta esa fecha en el que se pueden seguir utilizando ficheros de texto plano y posiciones fijas similares a los utilizados hasta ahora pero adaptados a las nuevas especificaciones del cuaderno 19-14 de la AEB (Asociación Española de Banca) en el caso del esquema Básico (consumidores y empresas) y al cuaderno 19-44 en el caso de recibos según el esquema B2B (válido exclusivamente entre empresas o profesionales). El programa IRFAC permite generar las remesas de recibos según los esquemas Básico y B2B en ambas modalidades: texto plano de posiciones fijas o en ficheros de tipo XML. También permite realizar el formato COR1 (cuaderno 19-15) que es una variante del esquema Básico en la que se reduce el tiempo de gestión de los cobros.

 

El espacio informativo reservado dentro de los recibos para que el emisor pueda indicar la descripción del cobro (líneas de la factura, desgloses de impuestos, totales, etc.) se reduce en los nuevos esquemas SEPA a un máximo de 140 caracteres en lugar de los 640 caracteres que se podían utilizar hasta ahora en los formatos 19 y 58.

 

En la emisión de adeudos SEPA es necesario indicar para cada adeudo una clave que identifica el tipo de recibo de que se trata según sea un adeudo correspondiente a una operación con pago único, si es el primer recibo de una serie de pagos recurrentes, si es el último recibo perteneciente a una serie de pagos recurrentes o si es un recibo intermedio. Existen también datos para identificar el propósito o categoría del adeudo seleccionando el tipo de recibo de entre unas tablas de clasificación establecidas en las normas SEPA.

 

 

Nueva codificación para identificar las cuentas bancarias

 

Las cuentas bancarias de los clientes y emisores deben identificarse mediante el código IBAN (Internacional Bank Account Number).

 

Los códigos IBAN pueden tener hasta 34 caracteres dependiendo del país al que corresponda la cuenta bancaria. Para las cuentas establecidas en España, el código IBAN consta de 24 caracteres. Comienza por las letras "ES", luego lleva dos números o dígitos de control del código IBAN y termina con los tradicionales 20 dígitos o "CCC" (Código  Cuenta Cliente) que hasta ahora se utilizaban para identificar las cuentas bancarias en España (esos 20 dígitos del CCC se componen a su vez de: 4 primeros dígitos para identificar la Entidad, 4 dígitos más para identificar la Oficina bancaria, 2 Dígitos de Control del CCC y los últimos 10 dígitos que identifican el número de Cuenta).

 

El titular de la cuenta puede localizar el código IBAN que le corresponde consultando a la entidad financiera aunque también se puede encontrar generalmente en los extractos bancarios, en los talonarios, en las libretas o accediendo a la cuenta mediante los programas o páginas web de la banca telemática.

 

Cuando se graban los datos de cuentas bancarias en las fichas de clientes o en las formas de pago de los emisores, si se trata de cuentas bancarias situadas en España, el programa Iranon verifica automáticamente el IBAN a partir de los 20 dígitos del CCC revisando si los dígitos de control (DC) del  IBAN introducidos coinciden con los que corresponderían según la fórmula de cálculo de dichos dígitos. Si el programa detecta que los dígitos de control del CCC o los del IBAN no son correctos o no se han cumplimentado, mostrará un aviso informando los dígitos que corresponderían según la fórmula de cálculo para los datos introducidos y, en ese caso, el usuario debería comprobar los 24 dígitos del IBAN para localizar en qué dígito está el error. El programa muestra los avisos y errores cuando se solicita grabar una ficha de datos y estos mensajes se visualizan en la parte inferior de la ventana. Cuando hay varios mensajes de error/avisos, se pueden pulsar las teclas para ir visualizando y recorriendo las casillas donde se ha detectado algún problema.

 

 

Por ejemplo, si una cuenta bancaria situada en España tenía hasta ahora el siguiente código de cuenta (CCC) de 20 dígitos: "0182 1111 60 3333333333", podemos identificar en ese código la siguiente información:

entidad: 0182
oficina o sucursal: 1111
dígitos de control: 60
número de cuenta: 3333333333

 

El código IBAN de esa cuenta tendría esta forma: "ES74 0182 1111 6033 3333 3333". Los últimos 20 dígitos son los mismos que tenía el antiguo CCC puesto que sólo cambian los 4 primeros caracteres: "ES74". Los dos primeros caracteres, "ES", identifican el país y los caracteres "74" son dígitos de control (DC) que se calculan mediante una fórmula o algoritmo y permiten verificar posteriormente la corrección del código de cuenta IBAN.

 

 

Códigos para identificar las entidades bancarias

 

Para realizar las remesas de recibos según las normas SEPA es necesario identificar las entidad financieras mediante su código BIC, también llamado código SWIFT (siglas de la entidad "Society of Worldwide Internacional Financial System" que es la encargada de asignar estos códigos).

 

El Código internacional de Identificación Bancaria (BIC) o código SWIFT, identifica de forma única a cada entidad bancaria y a sus oficinas. Cada entidad bancaria tiene asignado un código BIC que la identifica internacionalmente.

 

El código BIC está formado por un grupo de 8 a 11 caracteres con la siguiente estructura: los 4 primeros caracteres identifican a la entidad bancaria, los 2 siguientes dígitos corresponden al código del país, los 2 siguientes caracteres corresponden a la localidad y los 3 últimos dígitos identifican a la oficina bancaria. Es habitual utilizar sólo los 8 primeros caracteres que identifican a la entidad bancaria sin especificar los tres últimos dígitos que identificarían a una oficina o sucursal concreta de esa entidad. En ese caso, después de los 8 primeros caracteres que identifican a la entidad bancaria, el código BIC terminará con tres "X" hasta completar los 11 caracteres.

 

El código BIC/SWIFT se puede consultar a la entidad financiera aunque también se puede encontrar generalmente en los extractos bancarios, en los talonarios, en las libretas y las entidades financieras también lo suelen tener publicado en su página web.

 

A continuación se muestran a título de ejemplo algunos códigos BIC/SWIFT de entidades financieras españolas: "BSCHESMMXXX", "CECAESMM073", "BBVAESMMXXX", "CCRIES2A118".

 

Para agilizar la introducción de datos, al seleccionar en las fichas de clientes y formas de pago la entidad bancaria, el programa IRFAC propone por defecto el código BIC que le corresponde a la entidad siempre que dicho código exista en la tabla de entidades bancarias que el programa mantiene  en el menú "Ficheros", "Datos auxiliares", "Entidades bancarias". En ese apartado el programa incluye ya cargados los códigos BIC de las principales entidades financieras españolas.

 

El programa cumplimenta de forma automática el código BIC cuando se han introducido o seleccionado los cuatro dígitos correspondientes a la entidad bancaria (siempre que la entidad exista en la tabla del apartado “Ficheros”, “Datos auxiliares”, “Entidades bancarias”). El programa no cumplimenta automáticamente este dato en el caso de cuentas bancarias ubicadas en el extranjero.

 

Si necesita consultar el código BIC/SWIFT de alguna entidad bancaria, normalmente lo podrá encontrar en la página web de cada entidad financiera o en páginas web como las siguientes...

http://app.bde.es/ren/html/inicio.htm
http://www.swift.com/bsl/index.faces
http://es.ibancalculator.com/blz.html

 

 

 

Automatización de los cambios de codificación al actualizar la base de datos

 

Al instalar las versiones de los programas Iranon que ya incluyen los códigos IBAN y BIC/SWIFT para la identificación de cuentas y entidades bancarias, se realizará un proceso de actualización de la base de datos en la que el programa intentará facilitar el trabajo del usuario a la hora de cumplimentar estos nuevos códigos calculando automáticamente el código IBAN y el BIC de todos los códigos de cuenta bancaria (CCC) existentes en el formato anterior en las fichas de formas de pago, clientes y proveedores..

 

Aunque en el proceso de actualización se realizará el cambio de las cuentas bancarias existente, es aconsejable que el usuario revise esta información de cuentas bancarias antes de generar los adeudos por domiciliación en formato SEPA porque pueden existir entidades bancarias no incluidas en la aplicación o entidades bancarias de las que no se conoce el correspondiente código BIC (en estos casos el usuario puede añadir o modificar entidades y códigos BIC/SWIFT en el menú "Ficheros", "Datos auxiliares", "Entidades bancarias".

 

 

Cambios en IRFAC para la migración al formato SEPA

 

En los siguientes párrafos se relacionan los principales apartados y pantallas del programa Iranon Facturación en los que se han realizado cambios para contemplar la emisión de adeudos directos SEPA.

 

 

Cambios en la ficha de datos del EMISOR

 

Cambios en los datos de IDENTIFICACION del Emisor. En la solapa “Identificación” de la ficha de datos del Emisor se han incluido unas casillas para señalar si el emisor o acreedor es una persona física o es una organización o persona jurídica. Esta información es necesaria para poder generar las remesas de recibos en formato XML.

 

 

Cambios en el apartado FORMAS DE PAGO

 

En el apartado "Formas de pago" (dentro de la ficha de datos del Emisor) se han realizado varios cambios:

 

Se han incluido dos nuevas casillas para solicitar la "Clave del País" y los Dígitos de Control (DC) correspondientes al código IBAN.
También se incluye una nueva casilla para indicar el código BIC/SWIFT de la entidad bancaria a la que corresponde la cuenta.
En la casilla "Modo de domiciliación", además de los formatos de presentación de recibos según las normas 19 y 58 que ya existían en ejercicios anteriores, se han añadido nuevas opciones para contemplar los formatos de presentación según las normas SEPA:

 

Cuaderno 19/58 Detallado (01) (Textos de la factura)”. Esta opción permite generar remesas de recibos según las antiguas norrmas CSB 19 y CSB 58. En esta modalidad se utiliza el espacio de descripción del recibo para incluir las ocho primeras líneas de la factura y los totales de la factura.
Cuaderno 19/58 Detallado (01) (Datos del Emisor y Cliente)”. Al igual que la opción anterior, esta modalidad permite obtener los recibos según las antiguas normas CSB 19 y CSB 58. En este caso, en el espacio del recibo reservado a la descripción se incluirá el nombre y dirección del emisor y del cliente y los totales de la factura.
Cuaderno 19/58 Abreviado (02) (El banco no emite recibo”. Esta opción también genera los antiguos formatos de remesa  CSB 19 y CSB 58 pero en su modalidad abreviada, es decir, en este caso las entidades bancarias no facilitarán un recibo detallado al cliente después de realizar el adeudo.
Cuaderno SEPA 19.44 B2B”. Se puede seleccionar este modo de domiciliación para generar remesas de recibos en formato 19.44 (también llamado “B2B” o “Bussines to Bussines”) en ficheros de tipo texto plano y posiciones fijas (SDF).
Cuaderno SEPA 19.14 Básico”. Esta modalidad permite generar las remesas de recibos según el esquema 19.14 (también llamado esquema básico o Core) en ficheros de tipo texto plano y de posiciones fijas o “SDF”.
Cuaderno SEPA 19.15 Básico (COR1)”. Esta modalidad permite generar las remesas de recibos según el esquema 19.15 en ficheros de tipo texto de tipo “posiciones fijas” o “SDF”. La modalidad COR1 es una variante del esquema Básico (CORE) que tiene como finalidad abreviar los plazos de gestión del cobro (normalmente entre dos y tres días desde la fecha de emisión). Estos plazos de tramitación del cobro pueden variar de unas entidades bancarias a otras y están siempre supeditados a que las entidades bancarias de los clientes admitan también el formato COR1. Antes de utilizar la modalidad COR1 debería consultar con su entidad bancaria si la entidad ofrece este servicio y si debe suscribir algún contrato con el banco para poder utilizar este formato.
Cuaderno SEPA XML (B2B/COR1/CORE)”. Esta opción es la encargada de generar las remesas de recibos en formato XML según la norma ISO 20022. En el momento de generar el fichero de remesa para enviar al banco (opción “Recibos”, “Generar domiciliaciones para banco SEPA”) se puede elegir la modalidad de recibos a generar: CORE (esquema básico), COR1 (básico con un plazo de gestión del cobro más reducido) o B2B (Bussines to Bussines).

 

Categoría y propósito del adeudo: se incluye la relación de categorías de los propósitos o motivos de domiciliación que establecen las normas

 

Categoría de propósito del adeudo: se incluye la relación de categorías de los propósitos o motivos de domiciliación que establecen las normas SEPA para clasificar los Adeudos directos (tabla AT-59).
Propósito del adeudo directo: en esta casilla se puede seleccionar el motivo o propósito del adeudo según los tipificados de las normas SEPA (tabla AT-58).

 

 

 

Rótulo del recibo: en esta casilla se puede introducir una breve descripción o comentario relativo a los recibos que el cliente podrá ver finalmente en el justificante del cobro que le facilitará su entidad bancaria o al consultar el extracto de movimientos de su cuenta. El texto introducido en esta casilla se trasladará al campo “Comentario” que se solicita en la pantalla de generación de remesas de recibos.

 

En los antiguos formatos de recibo CSB 19 y CSB 58 el emisor podía incluir una descripción de 8 líneas y 80 caracteres por línea pero en los nuevos formatos de emisión de adeudos SEPA esta descripción es mucho más breve admitiendo solamente 140 caracteres. En estos 140 caracteres se puede introducir una descripción fija aunque el programa contempla también la introducción de algunas “variables” o textos que se van a reemplazar al emitir los recibos para incorporar datos que permitan identificar la fecha y datos de cada factura. Al generar cada recibo, el programa reemplazará dichas variables por los datos concretos de cada factura.

 

Las variables que se pueden incluir en este comentario se detallan en la siguiente tabla. Se contemplan variables como: #FECHA#  #SERIE#  #NUMERO#  #EMISOR#, etc. Los nombres de estas variables tienen que ir escritos en letras mayúsculas y encerrados entre el signo “#”. Por ejemplo, se podría introducir un comentario como el siguiente: “#EMISOR# Factura: #SERIE# #NUMERO# de fecha: #FECHA#” y con este comentario, si al generar la remesa de recibos se ha de incluir el adeudo de la factura de serie “A”, número “1040”, de un emisor llamado ”CONSULTORIA CIMENT, S.L.” y emitida el día 15/02/2014, el programa reemplazará las variables del comentario dando como resultado la siguiente descripción: ”CONSULTORIA CIMENT, S.L.  Factura: A 1040 de fecha: 15/02/2014”.

 

En la siguiente tabla se pueden ver las variables que pueden incluirse en el campo “comentario” o “rótulo del recibo”.

 

Variable

Descripción

#FECHA#

Fecha de la factura (en formato “dd/mm/aaaa”)

#SERIE#

Serie de la factura (A, B, C...R)

#NUMERO#

Número de factura

#EMISOR#

Razón social del Emisor

#NIFEMISOR#

NIF del Emisor

#LINEAFAC#

Texto de la primera línea de la factura

#TEXTOFAC#

Notas o datos del campo “Texto” de la factura

#BASETOTAL#

Base imponible total

#CUOTATOTAL#

Cuota IVA / IGIC total

#TOTALFAC#

Total factura (b.imponible + IVA)

#TOTALPAGAR#

Total a pagar (b.imponible + IVA + suplidos - retenciones - provisiones)

#BASE1#

Primera de las bases imponibles

#IVA1#

Primer porcentaje de IVA / IGIC

#CUOTA1#

Primera cuota de IVA / IGIC

#BASERETENCION#

Base de retención

#RETENCION#

Cuota retenida

#PRCRETENCION#

Porcentaje de retención

 

 

Hay que tener en cuenta que el texto que las entidades bancarias van a reservar en el justificante de cargo es solamente una línea de 140 caracteres y probablemente no se podrán utilizar a la vez todas las variables que se indicaban en la anterior tabla porque su longitud sería superior a esos 140 caracteres.

 

Por ejemplo, cada línea de factura puede tener en el programa hasta 180 caracteres que sería una longitud mayor que la reservada por los bancos en este campo comentario.

 

Si los textos y variables incluidos tienen un mayor número de caracteres que el previsto en esta línea de comentario, la información saldrá incompleta.

 

 

Novedades en las fichas de datos de CLIENTES

 

En las fichas de datos de Clientes se han realizado los siguientes cambios:

Se han incluido dos nuevas casillas para solicitar la "Clave del País" y los Dígitos de Control (DC) correspondientes al código IBAN.
También se incluyen nuevas casillas para indicar el código BIC/SWIFT de la entidad bancaria a la que corresponde la cuenta y que se utiliza al generar los adeudos directos SEPA.
Cuenta bancaria en el extranjero: en la ficha de clientes el programa permite registrar tres posibles cuentas bancarias del cliente situadas en España y se ha incluido una nueva casilla para registrar una cuenta bancaria situada en el extranjero. De las tres líneas correspondientes a cuentas ubicadas en España, la primera de esas líneas está señalada como "cuenta por defecto" y será la que el programa utilice por omisión cuando se solicita la generación automática de facturas. La cuenta ubicada en el extranjero y la cuenta española "por defecto" son excluyentes, es decir, si se introduce una cuenta  bancaria ubicada en el extranjero no será posible introducir la cuenta bancaria "por defecto" ubicada en España.
Configuración de domiciliaciones SEPA. En la ficha de datos del Cliente se han incluido tres nuevas casillas para configurar los adeudos directos SEPA:
Tipo de identificación del deudor: es necesario indicar si el cliente es una persona física o es una organización o entidad jurídica (dato de cumplimentación obligatoria para poder generar los recibos).
Categoría de propósito del adeudo: se incluye la relación de categorías de los propósitos o motivos de domiciliación que establecen las normas SEPA para clasificar los Adeudos directos (tabla AT-59). Este dato es de cumplimentación opcional.
Propósito del adeudo directo: en esta casilla se puede seleccionar el motivo o propósito del adeudo según los tipificados de las normas SEPA (tabla AT-58).  Este dato es de cumplimentación opcional.
Se añade en la ficha de Clientes el botón "Mandatos" que es un sistema para realizar y gestionar las autorizaciones de domiciliación de los clientes o mandatos que requieren las normas SEPA. Desde este apartado se pueden realizar e imprimir los mandatos que el cliente o deudor debería firmar antes de poder remitir a la entidad bancaria sus adeudos por domiciliación. Esta opción permite también archivar en la base de datos los mandatos una vez firmados por el cliente y digitalizados en algún formato de fichero tipo “.pdf”, “.jpg”, etc.

 

Estos cambios introducidos en la ficha de Clientes para contemplar los códigos IBAN y BIC/SWIFT también se han incorporado en las fichas de Proveedores (en la versión Facturación PRO).

 

 

Cambios en las fichas de ENTIDADES y OFICINAS BANCARIAS

 

En el menú "Ficheros", "Datos auxiliares" el programa incluye ficheros o tablas para registrar las entidades bancarias y las oficinas o sucursales de dichas entidades. En esas tablas se han añadido algunos datos nuevos para adaptar la aplicación a las normas SEPA. Se solicitan datos nuevos como la clave del país en el que está situada la entidad bancaria y su código BIC/SWIFT.

 

 

Cambios en la pantalla de FACTURAS

 

En la ventana de entrada o modificación de las facturas se ha añadido una nueva solapa con el título "SEPA" para configurar algunos datos que se necesitan en le emisión de recibos.

 

Se trata de casillas que permiten identificar la categoría o propósito del adeudo. Estas clasificaciones son de cumplimentación opcional:

Categoría de propósito del adeudo: se incluye la relación de categorías de los propósitos o motivos de domiciliación que establecen las normas SEPA (tabla AT-59) para clasificar los adeudos directos.
Propósito del adeudo directo: en esta casilla se puede seleccionar el motivo o propósito del adeudo según los tipificados de las normas SEPA (tabla AT-58).

 

Los datos incluidos en esta solapa se pueden configurar también con antelación a realizar las facturas, cuando se definen las FORMAS DE PAGO en la ficha del Emisor o en la ficha del Cliente en la solapa donde se configuran las cuentas bancarias. Al realizar facturas y seleccionar una determinada forma de pago, el programa traslada automáticamente a estas casillas las mismas opciones que se hayan seleccionado en la ficha de forma de pago.

 

 

Orden de domiciliación o mandato

 

Los adeudos directos SEPA son un sistema de cobro que requieren la existencia de una orden de domiciliación o mandato en la que el cliente o deudor autoriza el cobro por parte del emisor o acreedor. Pulsando en el siguiente enlace puede ver más información sobre la gestión de mandatos en IRFAC.

 

 

 

Ver también...

 

Realización y gestión de los mandatos
Generación de los adeudos directos SEPA