Imprimir recibos (impresora matricial)

 

Otras funciones relativas a los recibos

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Esta opción facilita la impresión de recibos mediante impresoras tipo MATRICIAL o de impacto. La impresión se realiza en modo texto o modo caracter a diferencia de la impresión en modo gráfico que se obtiene en la opción Imprimir recibos.

 

El programa incluye varios formatos de recibos ajustados con este sistema. Estos formatos se incluyen en la carpeta "Informes" de la aplicación y tienen extensión ".PRN". En este tipo de impresión de recibos el usuario no puede hacer modificaciones sobre los formatos puesto que precisan un preproceso o compilación que no puede realizar directamente el programa. Si desea imprimir sobre otros formularios puede solicitarnos su ajuste enviándonos el impreso (consultenos también el coste de dicho ajuste).

 

Antes de imprimir los recibos es necesario delimitar o acotar las facturas de las que se desean imprimir recibos (ver más información sobre el sistema de acotación de datos). Es necesario indicar el emisor al que corresponden los recibos y el periodo de fechas o el rango de números de factura a incluir en el listado. También se puede indicar el nombre de un cliente en el caso de que se quiera obtener los recibos correspondientes a un cliente concreto (este dato es opcional). Otro dato a introducir es la forma de pago a procesar.

 

Los recibos a imprimir se pueden seleccionar indicando las fechas inicial y final de las facturas a la que corresponden o bien indicando el número de factura inicial y final. Normalmente sólo será necesario indicar las fechas o los números de factura, no siendo preciso introducir ambos datos. No obstante, si se especifican ambos parámetros la selección de facturas se realizará por ambos campos.

 

Otro parámetro de los recibos que se puede establecer en este apartado es el idioma a usar, pudiendo elegirse entre: castellano, catalán y gallego. El idioma elegido aquí se usa en algunos textos que el programa imprime de forma fija, como puede ser el campo que imprime el importe del recibo en texto). En otro tipo de textos que se imprimen en el recibo el usuario puede escribir el literal en el idioma que desee modificando el formato de recibo. El formato de recibo que incluye el programa se puede editar como cualquier otro de los informes incluidos en el programa. Guardando los cambios realizados con otro nombre de informe se podrá luego utilizar dicho formato en lugar del que incluye por defecto el programa. En la ficha del emisor se puede indicar el formato de recibos que se desea establecer para cada serie.

 

También es necesario introducir las fechas de emisión y fechas de cargo que se imprimirán en el recibo. En este apartado se puede introducir también un comentario que se imprimirá en todos los recibos.

 

Si se activa la casilla "Marcar Facturas como Pagadas" el programa se encargará de ir marcando como "pagadas" todas las facturas correspondientes a los recibos a medida que éstos se van imprimiendo.

 

El listado se envía directamente a la impresora al pulsar el botón de aceptar, no se pre-visualiza en pantalla.

 

El programa sólo mantiene un fichero de facturas emitidas, no existe un fichero de recibos y por ello, en el momento de imprimir recibos, el programa toma siempre los datos directamente de las facturas. La impresión de recibos será, por tanto, una forma más de impresión de facturas. Si se precisa revisar o rectificar cualquier dato de un recibo, bastará con acudir al fichero de facturas emitidas y realizar allí la modificación. Sólo se contempla la impresión de un único recibo por factura.

 

Si una factura está marcada como "Pagada" ya no se podrá imprimir su recibo correspondiente salvo que se desactive dicho indicador. Tampoco se imprimirán recibos de aquellas facturas cuyo importe sea igual o inferior a 0,00 €

 

 

Puede consultar también el apartado "Adaptación a las normas SEPA" de esta documentación para ampliar la información relativa a los códigos IBAN, BIC/SWIFT, mandatos y otras cuestiones relativas a la adaptación a las normas SEPA que son necsarias para la emisión de adeudos a partir del 1 de febrero de 2014.