Cambios en la impresión de facturas

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El artículo 21 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre establece que la impresión de las facturas de tipo VERIFACTU (facturas Verificables en la Sede de la Agencia Tributaria) debe incluir un código QR o nube de puntos llamado "QR Tributario" que permita al destinatario de la factura verificar que los datos de la factura se han registrado en el sistema VERIFACTU de la Agencia Tributaria.

 

En las especificaciones del sistema VERIFACTU la Agencia Tributaria ha publicado instrucciones de las características y dimensiones que ha de tener el código QR y su ubicación dentro de la factura.

 

Este código QR debe estar ubicado al principio de la factura en un lugar preeminente para asegurar su visibilidad y ha de tener unas medidas entre 30x30mm y 40x40mm con un margen de 5mm a sus lados e incluir unos textos informando que se trata de el "QR Tributario" y que permite verificar la factura en la Sede electrónica de la AEAT.

 

El programa incluye este formato en la parte superior izquierda de la cabecera de la factura y ese código QR no se puede eliminar o redimensionar para cumplir así con los requisitos que establece la Agencia Tributaria, aunque sí es posible mover este código QR a otras posiciones de la cabecera de la factura.

 

El resto de la factura se puede cambiar en el editor de informes para realizar otros diseños, incluir logotipos, incluir leyendas de la Ley Orgánica de Protección de Datos personales, etc.

 

El programa incluye un formato de impresión por defecto con el aspecto del que se puede ver en la siguiente imagen y el usuario puede partir de ese formato para modificarlo y crear sus propios diseños.

 

 

 

Los formatos de impresión de versiones del programa anteriores a VERIFACTU solo serán válidos para imprimir facturas tipo "Previo Verifactu". No se podrán utilizar esos formatos a partir de la fecha en la que se comience a emitir las facturas en modo VERIFACTU.

 

Para modificar el formato de impresión que incluye por defecto el programa se puede entrar en cualquier factura (factura de tipo VERIFACTU) y marcar la opción "Editar informe" y pulsar el botón "Aceptar"...

 

 

El "editor de informes" permite añadir, modificar y eliminar textos, imágenes y campos de datos. El código QR Tributario que se incluye por defecto en la zona superior izquierda de la cabecera de la factura no se puede eliminar o redimensionar aunque sí es posible desplazarla a otra zona de la cabecera de la factura. Los textos que van encima y debajo del código QR para  indicar que se trata del "QR Tributario" y que es una "Factura verificable en la Sede electrónica de la AEAT" tampoco se pueden eliminar.

 

 

Una vez realizados los cambios que se precisen, se puede guardar el formato de impresión en un archivo para su posterior uso. En la ficha del Emisor, en el apartado donde se configurarn las Series se puede seleccionar el formato de impresión que utilizará el programa por defecto en cada Serie de facturas.